Si tienes criptomonedas en Colombia, el dato que más pesa en tu declaración de renta no es cuánto valen hoy, sino tu costo fiscal: cuánto te costó adquirirlas. Los exchanges van a reportar a la DIAN lo que compraste y vendiste en 2026, pero ese costo lo tienes que demostrar tú. Te explicamos qué es, qué dice la DIAN y cómo calcularlo, con un ejemplo paso a paso.
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Qué es el costo fiscal
El costo fiscal es el valor que la ley reconoce como lo que te costó un activo. Sirve para dos cosas: calcular la utilidad cuando vendes o cambias una criptomoneda (lo que recibes menos el costo fiscal) y saber con qué valor la incluyes en tu patrimonio.
La regla de fondo está en el Concepto Unificado de la DIAN sobre criptoactivos (018075, interno 1621, del 17 de octubre de 2023). Estos son sus puntos clave:
- Las criptomonedas son activos intangibles. Por eso la DIAN remite al artículo 74 del Estatuto Tributario para determinar su costo, y advierte que “el costo fiscal de las criptomonedas no siempre será el precio de compra”: depende de la naturaleza del activo y de si llevas contabilidad.
- Las subidas de precio no se gravan mientras no vendas. El aumento del valor de mercado no es ingreso hasta el momento de la enajenación, es decir, hasta que vendes o cambias.
- En el patrimonio se declaran por su valor patrimonial, según el artículo 267 del Estatuto Tributario, no por su precio del 31 de diciembre.
- Si compraste en dólares, la DIAN indica que se mide en pesos con la tasa representativa del mercado (TRM) del momento en que reconoces el activo, y que la diferencia en cambio solo tiene efectos fiscales cuando vendes (artículo 288 del Estatuto Tributario). Si operaste en pesos colombianos, esa regla no aplica.
Un ejemplo paso a paso
Este caso es ilustrativo y usa cifras redondas; los cálculos son de Criptoinforme. María compra y vende en pesos por P2P y en un exchange:
| Operación | Valor |
|---|---|
| Marzo de 2026: compra 0,02 BTC | $8.000.000 |
| Junio de 2026: compra otros 0,02 BTC | $10.000.000 |
| Costo total de sus 0,04 BTC | $18.000.000 |
| Septiembre de 2026: vende 0,02 BTC | $11.000.000 |
La pregunta es cuál de las dos compras vendió. Si toma como costo la compra de marzo ($8.000.000), su utilidad es $3.000.000. Si toma la de junio ($10.000.000), es $1.000.000. Si usa el costo promedio ($9.000.000 por cada 0,02 BTC), es $2.000.000. El método de costeo cambia la utilidad, por eso conviene elegirlo con un contador, documentarlo y aplicarlo siempre igual.
Como María tuvo los bitcoins menos de dos años, esa utilidad es renta ordinaria. Si los hubiera tenido como activo fijo por más de dos años, sería ganancia ocasional, según el concepto de la DIAN.
Al 31 de diciembre, a María le quedan 0,02 BTC. Aunque ese día valgan más o menos, la subida o la caída no se grava mientras no venda: en su patrimonio los declara según las reglas del artículo 267, partiendo del costo de esa compra.
El caso que más se olvida: cambiar una cripto por otra
Si María hubiera cambiado sus 0,02 BTC por USDT en lugar de venderlos por pesos, el resultado fiscal sería parecido: para la DIAN, en una permuta cada parte “se reputa vendedor de la cosa que da”, y la utilidad se calcula como la diferencia entre el precio de venta y el costo fiscal, con las reglas del artículo 90 del Estatuto Tributario. Lo explicamos en detalle en cambiar cripto por cripto: qué dice la DIAN.
Con el staking, la minería y los airdrops pasa algo distinto: la DIAN los trata como ingresos en el momento en que los recibes (pago en especie, o ganancia ocasional en el caso de los airdrops). Si recibiste recompensas en 2026, anótalas con su fecha y su valor de ese día.
Cómo armar tu costo fiscal antes de que cierre el año
- Reúne todas las compras. Exporta el historial de cada exchange y guarda los soportes de cada compra por P2P (la orden y el extracto bancario del pago).
- Anota fecha, cantidad y valor en pesos de cada compra. Si pagaste en dólares o en stablecoins, registra la TRM del día. Si pagaste comisiones, pregúntale a tu contador cómo tratarlas.
- Incluye tus cambios entre criptomonedas como ventas y compras, cada uno con su valor del día.
- Elige un método de costeo con tu contador y úsalo siempre igual.
- Guarda todo junto. Si la DIAN te pregunta, tendrás que demostrar el costo con soportes. Sin ellos, la utilidad puede terminar calculándose sobre un costo menor al real.
Si quieres repasar todo lo que conviene hacer antes del cierre, revisa nuestro checklist del 31 de diciembre para tus criptomonedas.
Si tienes muchas operaciones
Con decenas de compras, permutas y operaciones P2P, armar el costo fiscal a mano es largo y fácil de equivocar. Para eso creamos Criptu Tranqui con M.A. Global Accounting: un equipo contable que trabaja con criptomonedas ordena tus operaciones de 2026, arma tu costo fiscal y prepara y presenta tu declaración de renta en 2027.
Criptu Tranqui es un servicio de M.A. Global Accounting S.A.S. Criptoinforme es aliado comercial y recibe una comisión por cada pack. Esta información es general y no reemplaza la asesoría de un contador.
Fuentes: DIAN, Concepto Unificado sobre Criptoactivos 018075 (Int. 1621) del 17 de octubre de 2023, numerales 1.2.1.1, 1.2.1.4, 1.2.1.5, 1.2.4.2, 1.2.4.3, 1.2.4.5, 1.2.4.6 y 1.2.4.9; Resolución DIAN 000240 de 2025. Ejemplo y cálculos: Criptoinforme.



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